sábado, 5 de abril de 2008

Operatoria de iva

De acuerdo al decreto ley 825 por el ministerio de hacienda, establece que la compra - venta de bienes y servicios deberá ser recargada al 19% iva, el cual va en beneficio fiscal.

Conceptos Tributarios:
  • Hecho Económico Afecto: Está gravado por el impuesto porque cumple requisitos y caracteristicas descritas en la ley

  • Hecho Económico No Afecto: No cumple con los requisitos descritos por la ley, por lo tanto no está gravado por el impuesto.

  • Hecho Económico Exento: Cumple con los requisitos del impuesto, pero la ley expresamente lo exime.

Tipos de iva:

  1. Iva debito fiscal: Es el iva que se genera por las ventas, corresponde a una obligacion pagadera al fisco
  2. Iva crédito fiscal: Se transforma en un derecho por cobrar al fisco.

cuando ...

  • el iva debito fiscal es mayor que el iva credito fiscal, el iva es a pagar.
  • el iva crédito fiscal es mayor que el iva dédito fiscal es considerado remanente.
  • el iva credito fiscal es igual al iva debito fiscal , no hay pago.

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